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 Trabajos en Altura en Prevención de Riesgos Laborales

 

 

Trabajos en Altura en Prevención de Riesgos Laborales

Durante los últimos años se ha avanzado mucho en la prevención de los riesgos de Trabajo en Altura pero, ¿Cómo podemos seguir trabajando para mejorar su evaluación y la aplicación de las medidas preventivas correspondientes?

Estos años de prevención, la Ley 31/95Este enlace se abrirá en una ventana nueva, nos ha permitido introducir mejoras en muchos ámbitos para tratar de eliminar, deducir y controlar riesgos. En concreto hemos experimentado un espectacular desarrollo en técnicas, metodologías y materiales específicos para la prevención de los riesgos derivados de la realización de trabajos en altura gracias, en gran medida, a la aplicación del conocimiento de la física más elemental y la concienciación preventiva. Ahora solo nos queda emplear lo que tenemos al alcance de la mano de una forma adecuada y coherente y formar al personal involucrado en su utilización racional y segura.

¿Qué se entiende por Trabajos en Altura?

No existe una definición en normativa explícitamente pero está aceptado de modo general esta …"Cualquier actividad que se realice en alturas superiores a 2 m respecto al nivel del suelo (distancia medida desde la superficie en la que está situado el trabajador hasta el nivel inferior en el que quedaría retenido el mismo si no se dispusiera de un medio de protección) y/o a más de 3,5 m de altura, (distancia desde el punto de operación al suelo), en los que existe la posibilidad de una caída"….

¿Quién lo necesita?

La Ley 31/1995 indica que el Empresario garantizará la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo.

El Empresario debe identificar debidamente los trabajos en altura a desarrollar en la empresa o fuera de ella, así como prever con suficiente antelación la realización de estos trabajos para tareas de montaje, mantenimiento, reparación, control, etc., intentando exponer al menor número de trabajadores y dando preferencia a aquellas técnicas que no impliquen la exposición a los trabajadores a las caídas en altura. Identificar, evaluar, gestionar.

  • ¿Son adecuadas las condiciones del lugar de trabajo para un acceso y una realización de trabajos en altura de manera segura?
  • ¿Están mis trabajadores protegidos y capacitados para realizar el trabajo?
  • ¿Cumple mi empresa con la legislación vigente?

 

Medidas Preventivas:

Previo al comienzo de la realización de los trabajos en altura, mediante un procedimiento de trabajo, el empresario debe tener en cuenta los siguientes aspectos:

El acceso debe quedar limitado a aquellos trabajadores autorizados formalmente por la empresa, con formación (teórica y práctica) de los riesgos y medidas preventivas que le afectan e información correspondiente, además de disponer del apto médico específico para la realización de los trabajos.

⌲ Se debe disponer de los medios técnicos, materiales y humanos necesarios. Deben prevalecer las protecciones colectivas y en caso de que estas no sean posibles o eficaces, entonces se emplearán equipos de protección individual, pautando los más adecuados para el trabajo a realizar.

⌲ Debe prever las posibles actuaciones en caso de emergencia, rescate o salvamento.

⌲ Presencia de Recurso Preventivo, cuando se realicen trabajos con riesgos especialmente graves.

 

Imprescindible para evitar accidentes en trabajos en altura:

Elección y utilización correcta y adecuada de los sistemas y equipos de protección y prevención frente a caídas en altura: protecciones colectivas y equipos de protección individual. Los sistemas de protección y prevención para trabajos en altura, son diversos. Su elección depende de las condiciones del trabajo a realizar y del entorno en las que se desarrollan.


⌲ Prevención:

Sistema de sujeción

Sistema de retención


⌲ Protección:

Sistema anticaída

Sistema en suspensión


⌲ Salvamento:

Sistema de salvamento

 

 

Tomando la idea en las consolidadas 5 Reglas de Oro para seguridad eléctrica...

Las 5 Reglas de Oro para trabajos en altura:

Regla 1: Ponga y ajuste correctamente el arnés y resto de elementos

Regla 2: Use puntos de anclaje altos y/o cuerdas* cortas

Regla 3: Use equipos anticaídas vigentes y revisados

Regla 4: Prevea accidentes y la posibilidad de rescate

Regla 5: Nunca trabaje en solitario

 

 

ESCALERAS DE MANO


RIESGOS GENERALES
- Caídas a distinto nivel
- Golpes por caída de objetos
- Atrapamiento
- Contactos eléctricos

 

 

ESCALERAS DE MANO - RIESGOS GENERALES
- Caídas a distinto nivel
- Golpes por caída de objetos
- Atrapamiento
- Contactos eléctricos


MEDIDAS PREVENTIVAS- LIMITACIONES:
La elección de este medio como puesto de trabajo en altura deberá limitarse a los supuestos donde la
utilización de otros equipos de trabajo más seguros no esté justificada por el bajo nivel de riesgo y por
las características de los emplazamientos que el empresario no pueda modificar.


CONSIDERACIONES PREVIAS:
- Asegúrese que se encuentra en condiciones adecuadas para utilizar una escalera. Determinadas
condiciones médicas (vértigo, etc.) o el uso de det erminados medicamentos, alcohol o drogas, hacen el
uso de una escalera inseguro.


- Revisiones previas:
o Correcto ensamblaje y buen estado de peldaños y largueros
o Zapatas antideslizantes de apoyo en buen estado
o Cuando proceda, estado de:
ƒ elementos superiores de sujeción
ƒ correcto ensamblaje de los herrajes de las cabezas en escaleras transformables
ƒ topes en la parte superior de las escaleras de tijera y cadenas o dispositivos de unión que
limitan su apertura
o Comprobar que la escalera es adecuada para la tarea
ƒ Longitud necesaria
ƒ Material (no se deben utilizar escaleras conductoras para trabajos con riesgo eléctrico)
o Ausencia de materiales deslizantes (barro, aceite, etc.) en peldaños o largueros

o peldaños en posición horizontal

o soportes estables,

o las escaleras de mano formarán angulo de 75º

o las escaleras de tijera se abrirán completamente

 

 

Las escaleras con ruedas deberán haberse inmovilizado antes de acceder a
ellas.

Las escaleras de mano para fines de acceso deberán tener la longitud
necesaria para sobresalir al menos un metro del plano de trabajo al que se
accede.

Las escaleras suspendidas se fijarán de forma segura y, excepto las de cuerda, de manera que no
puedan desplazarse y se eviten los movimientos de balanceo


Las escaleras suspendidas se fijarán de forma segura y, excepto las de cuerda, de manera que no
puedan desplazarse y se eviten los movimientos de balanceo.
Asegurar/bloquear y señalizar adecuadamente puertas y ventanas en el área de trabajo de la escalera.

Delimitar y señalizar la zona para no permitir el paso de vehículos o
personas

Comprobar que el suelo se encuentra libre de material y sustancias resbaladizas (agua, grasa, etc.)
Tener en cuenta la existencia de obstáculos o elementos eléctricos (líneas eléctricas, etc.,)

Transporte:

 

Fuentes:

- prevencionar.com
- previntegral
- Quiron
- sprl.upv.es