Publicado el nuevo Real Decreto sobre renovables
El 23 de noviembre se ha publicado en el BOE el Real Decreto 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.
Tal y como recoge en sus disposiciones generales, este nuevo texto legal define de forma concreta el concepto de modificación sustancial de una instalación a efectos de renovación del régimen económico, en la medida en que esta figura será utilizada de forma masiva en los próximos años, al haber alcanzado el parque de generación una antigüedad que posibilitará la renovación de los equipos.
Por otra parte las diferentes interpretaciones a que ha dado lugar el artículo 6 del Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico, aprobado por Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, hacen necesario concretar cuándo existe la obligación de instalación de equipos de medida en bornes de los grupos de generación. También se procede a adelantar la finalización del periodo transitorio de adecuación de los puntos de medida de tipo 3 de generación, a fin de agilizar la liquidación económica de las instalaciones que disponen de éstos.
Asimismo se avanza en la simplificación administrativa, agilizando los procedimientos mediante la utilización de medios electrónicos, en la medida de lo posible. De este modo se mejora la definición de la información relativa a la inscripción en los registros de régimen especial que debe ser comunicada por los órganos autonómicos y se prevé la elaboración de formularios para la remisión de documentación por los titulares de las instalaciones en formato electrónico.
El texto también recoge la obligatoriedad de presentar la solicitud de inscripción en el Registro de preasignación de retribución exclusivamente por medios electrónicos, a través de la sede electrónica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Se considera que ello se encuentra justificado por razones de interés público, dado que el elevado número de solicitudes presentadas al procedimiento de preasignación de instalaciones fotovoltaicas hace que la gestión de la documentación presentada en papel devenga difícil y complicada.
Además introduce de sendas disposiciones para instalaciones eólicas y solares termoeléctricas de carácter experimental e innovador, para posibilitar la realización de actividades de I+D+i en estos sectores, como pieza fundamental para conseguir los objetivos últimos de reducción de costes y alcanzar, a medio plazo, la completa competitividad con las tecnologías convencionales.
Ver Real Decreto en PDF, versión BOE
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