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ELECTRON AUTOMATISMOSExtracto de un artículo de certificadores energéticos, sobre los requisitos del certificador: Qué normativa se debe tener en cuenta, que programas podemos usar, requisitos para ser tecnico certificador, etc.

1.¿Tengo la titulación habilitante para ejercer como técnico certificador energético?

El primer paso para ejercer como Técnico Certificador Energético es saber si se dispone de la titulación habilitante. Es decir, para ejercer esta actividad y ojo! Un curso de especialización no habilita. El RD 390/2021 del 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de edificios especifica en su artículo 2 apartado u. Qué es un Técnico competente para la realización de certificados de eficiencia energética:

u) Técnico competente: técnico que esté en posesión de cualquiera de las titulaciones académicas y profesionales habilitantes para la redacción de cualquiera de los proyectos de edificación o para la dirección de obras y dirección de ejecución de obras de edificación, según lo establecido en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, o para la suscripción de certificados de eficiencia energética. Asimismo, se consideran competentes los técnicos que estén en posesión de alguna titulación universitaria que cuente con la habilitación para el ejercicio de las profesiones reguladas descritas en este apartado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 12.9 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

A los efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos para ser considerado técnico competente, se aceptarán los documentos procedentes de otro Estado miembro de los que se desprenda que se cumplen tales requisitos, en los términos previstos en el artículo 17.2 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

Técnico competente

Las titulaciones habilitantes para ser técnico competente en la realización de certificados según el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto demográfico son además de Arquitectos, Arquitectos técnicos o aparejadores además de la mayoría de las titulaciones de ingenieria técnica.

En caso de duda, según el Ministerio, se recomienda realizar la consulta con el departamento ministerial competente. Es decir, en el Ministerio de Universidades. Además se puede consultar también el listado oficial que contiene el Catálogo de los Títulos Universitarios Oficiales. En este caso el Anexo del RD 1954/1994 del 30 de Septiembre.

Ayudante de técnico certificador

Por último y no menos importante, el RD 390/2021 también recoge la figura del técnico ayudante del proceso de certificación energética de edificios, en el mismo artículo 2 pero en el apartado v):

u) Técnico ayudante del proceso de certificación energética de edificios: técnico que esté en posesión de un título de formación profesional, entre cuyas competencias se encuentran la colaboración como ayudante del técnico competente en el proceso de certificación energética de edificios. Asimismo, un técnico competente podrá también actuar como técnico ayudante.

Los técnicos ayudantes del proceso de certificación podrán colaborar en el proceso de certificación energética de edificios, en función de su formación y titulación, tanto para la toma de datos, el empleo de herramientas y programas informáticos reconocidos para la calificación energética, o la definición de medidas de mejora de la eficiencia energética, como para gestionar los trámites administrativos y la documentación relacionada con los procesos de inspección y certificación energética.

2. ¿Estoy capacitado para ejercer como técnico certificador energético a pesar de disponer la titulación habilitante?

De entrada, si no has recibido una formación específica cobre Certificación Energética, puedes considerar que no estás capacitado a pesar de tener titulo habilitante. Aunque si lo estarías para realizar esa formación.

Muchos son los técnicos que se lanzan a la piscina… Las titulaciones nos habilitan legalmente pero ¿Tenemos los conocimientos necesarios? Esta es una pregunta que muchos nos deberíamos de hacer. Los recién titulados quizás hayan tenido asignaturas relacionadas con la eficiencia y el ahorro energético en su plan de estudios. Los veteranos cuentan con la experiencia adquirida en el ejercicio de su profesión además de la habilidad en el manejo de normativa. En cualquier caso, es necesario disponer de unos conocimientos básicos que podemos adquirir mediante la formación o bien el auto-aprendizaje. Desde nuestra experiencia pensamos que un buen certificador energético debería saber al menos sobre: 

Conocimientos básicos

1. Conocimiento de normativa de aplicación: CTE DB HE, CTE DB HS2, RITE, legislación a nivel estatal y europeo (directivas) que regulen la eficiencia energética.

2. Legislación que regule el procedimiento de certificación energética así como el ejercicio de la actividad: infracciones y sus sanciones correspondientes, ( RDL 7/2015 en sus disposiciones adicionales duodécima y décimo tercera) responsabilidad como técnicos,…

3. Manejo de programas oficiales de certificación energética procedimiento simplificado y general: CE3, CE3X, Cerma, Lider-Calener herramienta unificada (HULC). Así como herramientas más recientes como SG SAVE, CYPETHERM HE Plus o TeKton3D-CEEP.

4. Conocimientos de construcción, instalaciones y energías renovables.

5. Guías publicadas por el IDAE respecto de los procedimientos de certificación y manuales de manejo de programas oficiales (CE3 y CE3X, Calener,…). 

Programas para la certificación energética

Otro tipo de software ( Ecotech, Design Builder, Dialux, …) y conocimientos  adquiridos mediante la formación especializada (Postgrado y Master en Eficiencia y Ahorro de Energía, Energías Renovables, otros estándares de certificación) aportan al técnico capacidades y competencias adicionales que optimizan el proceso de diseño y de desarrollo de proyectos de edificios en los que la eficiencia energética es el objetivo principal.

En esta plataforma dispones de un curso de certificación energética gratis con CE3X con el que puedes aprender de manera sencilla y práctica a realizar certificados energéticos. Sólo es necesario ver los videotutoriales y que practiques por tu cuenta.

 

 

3. El aspecto legal: Hacienda, la Seguridad Social y subvenciones para ejercer como técnico certificador energético autónomo

Hacienda

Si quieres desarrollar tu actividad profesional como certificador energético por cuenta propia tendrás que darte de alta en Hacienda como autónomo. Solicita tu epígrafe fiscal y date de alta mediante declaración censal (modelo 036-037). Consulta todas tus obligaciones fiscales (abajo te las detallamos) en la web de la agencia tributaria donde dispones de manuales prácticos que te servirán de guía y programas de ayuda anuales. Puedes llevar tu mismo la contabilidad, no es demasiado complicado.

Obligaciones fiscales

En cuanto a las obligaciones tendrás que presentar:

– Declaraciones trimestrales del IVA: modelo 303.

– Declaraciones trimestrales del IRPF: modelo 130.

– Resumen anual del IVA: modelo 390.

– Declaración anual de operaciones superiores a 3.005 euros tanto en compras como en ventas con un mismo proveedor: modelo 347

– En operaciones intracomunitarias: modelo 349.

Los libros son fáciles de llevar con un archivo de excel que te servirá también de guía o calculadora para cumplimentar las declaraciones. Una declaración trimestral si eres organizado en tu contabilidad no debe llevarte más de una hora al trimestre. Por otro lado también existen en el mercado aplicaciones que te permitirán realizar tu contabilidad de forma fácil y casi automática, y que permiten rellenar los modelos de Hacienda volcando los datos.alta telamatica certificador

Puedes gestionar todo de manera telemática si tienes instalado el certificado digital, por ejemplo el de moneda y timbre. Podrás hacer las gestiones desde tu oficina o tu casa sin perder tiempo desplazándote a las oficinas de Hacienda o del Banco, y haciendo colas. Para saber qué gastos te puedes deducir y tipos de IVA consulta la Ley 37/1992 (Ley del IVA): artículos 91 y artículos 95, 96 y 97 para IVA deducible. Consulta modificaciones de la ley que te puedan afectar si consultas otros artículos de la Ley 37/1992.

La Seguridad Social

Para darte de alta en la Seguridad Social, tendrás que acercarte a tu oficina más cercana. Como alternativa puedes realizar el trámite por internet. En la web de la seguridad social tienes toda la información disponible. Incluso te informan de las tarifas. Según el caso, incluso puedes empezar pagando unos 60 euros al mes. En este enlace encontrarás toda la información sobre cuánto se debe cotizar y qué bonificaciones existen.

Como alternativa a la S.S existen las mutuas. Pero ojo! el alta en la Seguridad Social (S.S) en régimen de trabajador autónomo (RETA) es irrevocable, es decir, si te das de alta aunque sea un sólo un mes, a partir de ese momento estarás obligado a cotizar en la S.S siempre que seas autónomo. Consulta en la oficina de la S.S que te corresponda por zona las condiciones en que estás obligado a darte de alta según tus ingresos por tu actividad. Consulta el Estatuto del Trabajador Autónomo.

Nueva ley de autónomos de julio de 2022

Consulta aquí la nueva ley de autónomos publicada en el BOE el 26 de julio de 2022. Esta nueva ley establece las nuevas cuotas a pagar en función de los ingresos del contribuyente.

Este artículo sobre la nueva ley de autónomos también te puede resultar muy interesante.

Subvenciones

subvenciones autonomo certificadorEl tema de las subvenciones es delicado. No hay demasiado dinero y cuando se conceden llegan tarde… pero tienes asociaciones que te pueden ayudar a emprender tu actividad o negocio: dirección territorial de empleo, ayuntamiento, universidades politécnicas, asociaciones municipales para jóvenes, dirección territorial de la mujer, … investiga y consulta en tu localidad. Existen también asociaciones de empresarios sin ánimo de lucro que ofrecen servicios de asesoramiento, con seguimiento o mentoring por parte de profesionales cualificados.

 

 

4: la colegiación y el seguro de responsabilidad civil

El RD 390/2021 no dice nada respecto de la obligatoriedad de colegiarse ni de contratar un seguro de responsabilidad civil. Es un tema que no resuelve el texto legislativo, ya lo analizamos en el post Responsabilidad del técnico certificador energético.

Colegiación profesional

No está demasiado claro tener que pagar una cuota colegial y gastos de visado a un organismo como es un colegio profesional, si luego existe un organismo encargado de gestionar el control documental de los certificados energéticos que se registran en cada CCAA, que también lo supervisa. Por otro lado el visado no siempre es obligatorio  (RD 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio). También hay que recordar que, para el registro del Certificado de Eficiencia Energética se pide, entre otros datos del técnico, el número de colegiado.

Seguro de responsabilidad civil

Respecto de la necesidad de contratar el seguro de responsabilidad civil, pasa un poco lo mismo. No es obligatorio, aunque ante posibles reclamaciones por el motivo que sea, justificado, el seguro siempre es una garantía de respuesta por parte del técnico. Es una decisión personal que afecta a la responsabilidad del técnico, pero ¿Qué puede suceder o qué riesgo hay que asumir como para tener la necesidad de contratar un seguro de responsabilidad para la realización de certificados de eficiencia energética? La LOE tampoco se manifiesta en este sentido, sin embargo, la Ley 17/2009 sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, en su artículo 21. Seguros y garantías de responsabilidad profesional, en su apartado 1:

“21.1 Se podrá exigir a los prestadores de servicios, en norma con rango de ley, la suscripción de un seguro de responsabilidad civil profesional u otra garantía equivalente que cubra los daños que puedan provocar en la prestación del servicio aquellos casos en que los servicios que presten presenten un riesgo directo y concreto para la salud o para la seguridad del destinatario o de un tercero, o para la seguridad financiera del destinatario. La garantía exigida deberá ser proporcionada a la naturaleza y alcance del riesgo cubierto.”

Existen pólizas específicas para emisión de informes y que también cubren la emisión de certificados de eficiencia energética. Son más económicas y posiblemente tengas que registrar cada certificado con su correspondiente tasa.

5: búsqueda y captación de clientes

Puede que éste sea el paso más complicado para muchos: el marketing.  Buscar clientes requiere tiempo de dedicación y sobre todo de una estrategia. Se trata de pensar en posibles clientes que tengan la necesidad de certificar su inmueble. Hay que buscarlos y ofrecerles el servicio, pero ¿Dónde los podemos encontrar?¿Cómo nos dirigimos a ellos? El modo más directo y que existe desde siempre consiste en salir a la calle, llamar por teléfono, concertar una reunión y cara a cara, ofrecer el producto. Para ello habrá que diseñar una imagen y un argumento para convencer y vender el servicio profesional de certificador energético. Otra alternativa es Internet a través de una página personal, un perfil en una red social o bien perteneciendo a una plataforma de certificadores energéticos.

 

 

 

 

Fuentes: Certificadosenergéticos.com