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ICT: Red de dispersión: Canalización secundaria
según el RD 346/2011

 

.

 

     

 

Red de dispersión: Canalización secundaria

Es la que soporta la red de dispersión de la edificación, une los registros secundarios (RS) con los registros de terminación de red (RTR). En ella se intercalan los registros de paso (RP), que son los elementos que facilitan el tendido de los cables entre los registros secundarios y de terminación de red.

Los registros de terminación de red (RTR) son los elementos que conectan las canalizaciones secundarias con las canalizaciones interiores de usuario. En estos registros se alojan los correspondientes puntos de acceso a los usuarios (PAU).

Estos registros se ubicarán siempre en el interior de la vivienda, oficina, o estancia común de la edificación y algunos de los elementos que conforman los PAU que se alojan en ellos podrán ser suministrados por los operadores de los servicios previo acuerdo entre estos y los usuarios de las viviendas, oficinas, locales o estancias comunes.

 

Dimensionamiento (Apdo. 5.8)

Los registros secundarios se ubicarán en zona comunitaria y de fácil acceso, y deberán estar dotados con el correspondiente sistema de cierre y, en los casos en los que en su interior se aloje algún elemento de conexión, dispondrá de llave que deberá estar en posesión de la propiedad de la edificación.

Se colocará un registro secundario en los siguientes casos:

a) En los puntos de encuentro entre una canalización principal y una secundaria en el caso de edificaciones de viviendas, y en los puntos de segregación hacia las viviendas, en el caso de viviendas unifamiliares. Deberán disponer de espacios delimitados para cada uno de los servicios. Alojarán, al menos, los derivadores de la red de RTV y de la red de cables coaxiales de TBA cuando proceda, así como las regletas o cajas de segregación que constituyen el punto de distribución de cables de pares y de fibra óptica (cuando proceda) y el paso de cables de pares trenzados, coaxiales (cuando proceda) y de fibra óptica (cuando proceda).

b) En cada cambio de dirección o bifurcación de la canalización principal.

c) En cada tramo de 30 m de canalización principal.

d) En los casos de cambio en el tipo de conducción.

Las dimensiones mínimas serán:

1º) 450 x 450 x 150 mm.

 - En edificaciones con un número de PAU (nota 1) por planta igual o menor que tres, y hasta un total de 20 en la edificación.

 - En edificaciones con un número de PAU (nota 1) por planta igual o menor que cuatro, y un número de plantas igual o menor que cinco.

 - En edificaciones, en los casos b) y c)

2). En viviendas unifamiliares.  500 x 700 x 150 mm (formato horizontal o vertical).

 - En edificaciones con un número de PAU (nota 1) comprendido entre 21 y 30.

 - En edificaciones con un número de PAU (nota 1) menor o igual a 20 en los que se superen las limitaciones establecidas en el apartado anterior en cuanto a número de viviendas por planta o número de plantas.

3º) 550 x 1.000 x 150 mm (formato horizontal o vertical). En edificaciones con número de PAU (nota 1) mayor de 30.

4º) Arquetas de 400x400x400 mm.

En el caso b), cuando la canalización sea subterránea

. Si en algún registro secundario fuera preciso instalar algún amplificador o igualador, se utilizarán registros complementarios como los de los casos b) o c), sólo para estos usos.

Los cambios de dirección con canales y bandejas se harán mediante los accesorios adecuados garantizando el radio de curvatura necesario de los cables.

En los casos en que se utilicen un RITI situado en la planta baja, o un RITS situado en la última planta de viviendas, podrá habilitarse una parte de éste en la que se realicen las funciones de registro secundario de planta desde donde saldrá la red de dispersión de los distintos servicios hacia las viviendas, oficinas, locales o estancias comunes de la edificación situados en dichas plantas.

 

Los registros secundarios se podrán realizar:

  • En hueco de 150 mm de profundidad en el muro o pared comunitarios de cada planta a una distancia de 300 mm del techo. (...)
  • Empotrando en el muro o en la superficie una caja con puerta o tapa con un grado de protección IP 3X y un IK 7.  (...)

 

Canalizaciones secundarias (Apdo 5.9)

Del  registro  secundario  podrán  salir  varias  canalizaciones  secundarias  que  deberán  ser  de  capacidad  suficiente  para alojar todos los cables para los servicios de telecomunicación de las viviendas a las que sirvan. El apéndice 7  del reglamento ICT recoge  un  ejemplo  práctico  de  configuración  típica  de  una  canalización  secundaria.  Esta  canalización  puede  materializarse mediante tubos o canales.

Si es mediante tubos, en sus tramos comunitarios será como mínimo de 4 tubos, que se destinarán a lo siguiente:

a) Uno para cables de pares o pares trenzados.

b) Uno para cables coaxiales de servicios de TBA.

c) Uno para cables coaxiales de servicios de RTV.

d) Uno para cables de fibra óptica.

Su  número,  en  función  del  tipo  de  cables  que  alojen  y  del  número  de  PAU  que  atiendan,  y  sus  dimensiones  mínimas se determinarán por separado de acuerdo con la siguiente tabla:

 <-- Fuente internet p a r a n i n f o

Si la canalización es mediante canales, en los tramos comunitarios tendrá 4 espacios independientes con la asignación antedicha y dimensionados según las reglas establecidas en el apartado 5.4.1 de estas especificaciones técnicas. En los tramos de acceso a las viviendas, se dispondrán de tres espacios independientes y se dimensionarán de acuerdo con las citadas reglas del apartado 5.4.1.

Canalización mediante canales.

Para la distribución o acceso a las viviendas en edificaciones de pisos, se colocará en la derivación un registro de paso tipo A (ver apartado 5.10 de estas especificaciones técnicas) del que saldrán a la vivienda 3 tubos de 25 mm de diámetro exterior, con la siguiente utilización:

a) Uno para cables de pares o pares trenzados y para los cables de fibra óptica.

b) Uno para cables coaxiales de servicios de TBA.

c) Uno para cables coaxiales de servicios de RTV.

 

 

Para el caso de edificaciones con un número de viviendas por planta inferior a 6 o en el caso de viviendas unifamiliares, se podrá prescindir del registro de paso citado, por lo que las canalizaciones se establecerán entre los RS y RTR mediante 3 tubos de 25 mm de diámetro, o canales equivalentes con tres espacios delimitados, cuya utilización será la indicada en el párrafo anterior.

Esta simplificación podrá ser efectuada siempre que la distancia entre dichos registros no supere los 15 metros; en caso contrario habrán de instalarse registros de paso que faciliten las tareas de instalación y mantenimiento.

En los casos en que existan curvas en la canalización secundaria, el radio de curvatura será tal, que los cables en la instalación no tengan un radio de curvatura inferior a 2 cm.

 

En el RS, van los puntos de distribución de las diferentes redes. Por tanto debe haber el espacio suficiente para estas, En el interior se alojarán:

- Derivadores de RTV y de coaxiales para TBA

- Regletas para cables de pares

- Para los cFO las cajas de segregación

- los propios cables que las atraviesan: cFO, cCO, CP, cPT.

En la siguiente tabla vemos que las dimensiones de los registros secundarios dependen, según el reglamento ICT2, de el número de PAUs por planta o del nº de plantas.

 

En las imágenes ejemplos del proceso de instalación de RS:

Detalle de las canalizacioes de dispersión

.

 Existen ciertas modificaciones que introduce la Orden ECE/983/2019 en cuanto a los RS; ejemplo

 

Los registros secundarios también pueden realizar funciones de registros de paso.

 

 

En la figura siguiente vemos el Registro Secundario y la derivación a las canalizaciones secundarias.

 

 

 

 Fuente:
 - Reglamento ICT.
 - Propia.