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ICT: Topología de instalación ICT

 

 

 

     ICT: Ambito de aplicación y Servicios minimos en ICT2

 

¿A qué edificios se aplica el RD 346 de ICT?

En el Reglamento de ICT (RD.346/2011), en su Articulo 3, indica dos puntos:

- Edificios y conjuntos inmobiliarios , de uso residencial o no, nuevos o no, acogidos a regimen de propiedad horizontal (Ley 49/1960)

- Edificios arrendados por plazo superior a 1 año, salvo que alberguen una sola vivienda.

(Consultar Articulo 3.)

Por tánto el ámbito de aplicación será el de los casos a y b de la figura, no incluyendo el c.

Fuente:  P a r a n i n f o .

 

¿Servicios mínimos de infraestuctura de telecomunicación según ICT2?

En el Reglamento de ICT (RD.346/2011), en su Articulo 2, indica..

a) captación ... de señales analógicas y dititales, terrestres, de radiodifusión sonora y televisión. (RTV)

b) Proporcionar acceso al servicio de telefonía disponible al público y el acceso a servicios de telecomunicación de banda ancha (STDP y TBA)

También se permite usar servicios de acceso inalánbrico (SAI)

 

Asi tenemos enlace por medios radioeléctricos, ubicados en las cubiertas: RTV satélite, RTV terrestre, SAI

 

Y por otro lado tenemos enlace por cables: STDP y TBA

 

 

 

 

 

.- E